En Gaceta Oficial No. 6.534 Extraordinario de fecha 04 de mayo del año 2020 fue publicado el Decreto No. 4.194, dictado por el Ejecutivo venezolano, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
En el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica podrán restringirse las garantías constitucionales, salvo las consagradas en el aparte final del artículo 337 de la Constitución Nacional[1].
Algunas de las medidas tomadas son las siguientes:
- Facultar a la Administración Tributaria para reajustar la Unidad Tributaria (UT).
- Autorizar excepcionalmente y de manera temporal operaciones de comercialización y distribución de bienes y servicios en las zonas fronterizas, bajo regímenes especiales monetarios, cambiarios, fiscales y de seguridad integral.
- Dictar las normas que excepcionalmente y sin ningún sometimiento a otro Poder Público, autoricen operaciones de crédito público, sus reprogramaciones y complementos que regirán el Ejercicio Económico Financiero 2020.
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[1]Derecho a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, debido proceso, derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.