En Gaceta Oficial N° 6.689 Extraordinario de fecha 25 de febrero de 2022, fue publicado el Decreto N° 4.647, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) determinadas operaciones mercantiles realizadas en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República.

A continuación, señalamos los aspectos más resaltantes del Decreto:

  • Se exoneran del pago del IGTF los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela (BCV), así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas valores, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República.
  • De conformidad con lo previsto en la Ley del IGTF, no están sujetas al pago del impuesto, entre otras, las siguientes operaciones:
    • Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas.
    • Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
    • Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están clasificados como sujetos pasivos especiales.
    • Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.
  • El Decreto tendrá una vigencia de un (01) año contado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, y entró en vigor con su publicación en Gaceta Oficial (25 de febrero de 2022).

Descarga nuestro Boletín para revisar la noticia en PDF, y recuerda que puedes recibirlo directamente en tu bandeja de correos suscribiéndote en el recuadro que aparece abajo.

Taxand,

Your global tax partner.

#SomosTaxandVzla